Seguro de Vida

Contar con una cobertura adecuada es la mejor manera de cuidar que los sueños y proyectos de quienes más querés ,se concreten como hoy los imaginás.

Fallecimiento: es la cobertura principal del seguro de vida por la cual, en caso de fallecimiento del titular de la póliza, El Surco Compañía de Seguros compensará económicamente a sus beneficiarios o herederos legales con la suma asegurada, según el plan contratado.

  • Indemnización adicional por muerte accidental
  • Invalidez total y permanente por accidente
  • Anticipo de Capital por Enfermedad Terminal
  • Anticipo de Capital por Enfermedades Graves
  • Adelanto de Capital por Diagnóstico de Cáncer

Tener entre 14 y 64 años y contestar a la declaración jurada de salud presente en la Solicitud del Seguro.

Hasta los 70 años para la cobertura de muerte y hasta los 65 años para las coberturas adicionales.

La póliza es de vigencia anual y se renueva automáticamente cada año actualizándose el precio de la prima en función de la edad, excepto que alguna de las partes informe expresamente la decisión de no renovar.

Podrás elegir entre los planes que tenemos disponibles ya que éste seguro se adapta a tus necesidades y el valor del seguro se determina de acuerdo a tu edad.

Sí, en cualquier lugar del mundo, los 365 días del año.

Se abona en 12 pagos mensuales.

Sí, podés tener varias pólizas de vida con una misma o con distintas sumas aseguradas.

Sí, El seguro de vida te ofrece una cobertura por cualquier causa, ya sea como consecuencia de un accidente, incapacidad o una enfermedad.

Lo harán los beneficiarios designados en la solicitud; caso contrario, cobrarán los herederos legales.

Sí, puedes nombrar a quién quieras como beneficiario.

Sí, pero en caso de minoridad del beneficiario la indemnización se abonará a su representante legal.

Sí, se podrá cambiar a los beneficiarios designados hasta el momento del fallecimiento, siempre que sea por escrito y dirigido a la cía.

Si él o los beneficiarios principales no pudieran cobrar la indemnización por estar fallecidos o imposibilitados legalmente, la misma se liquidará a los beneficiarios subsidiarios.

En caso de siniestro, el o los beneficiarios designados deberán comunicarse con la Compañía de Seguros y presentar la documentación requerida.

No, no se devuelve la prima abonada. Es lo mismo que ocurre en los seguros de autos u hogar. Tampoco se abona la indemnización si el Asegurado no falleciera.

Sí, se puede deducir hasta un importe de $12.000.- anuales

Normalmente tendrás un período de 30 días de gracia. Si pagás dentro de ese período tu póliza continuará vigente.

Descripción del seguro

Contar con un seguro de vida representa un resguardo y una tranquilidad para la familia del asegurado.  Brinda seguridad y respaldo económico para garantizar tu bienestar y el de tu familia, ante cualquier contingencia.

54 (11) 5252-1600

54 (11) 4328-4731

54 9 (11) 2330-0326

Maipu 1300, CABA.

info@surcoseguros.com.ar